Preguntas frecuentes
Lo que nos preguntan sobre la DGIUR
Las consultas que más nos llegan. Si la tuya no está acá, escribinos por WhatsApp con la dirección y lo que querés hacer, y te la contestamos.
¿Me corresponde?
¿Qué diferencia hay entre la DGIUR y la DGROC?
La DGROC registra los planos y otorga los permisos de obra: mira si el proyecto cumple. La DGIUR interpreta el Código Urbanístico y define qué proyecto es posible cuando el Código no lo resuelve de manera directa. Cuando corresponde, la DGIUR va primero: su Disposición de Factibilidad es requisito para iniciar el Registro de Obra.
¿Cómo sé si mi caso pasa por la DGIUR?
Hay cuatro señales: el inmueble está catalogado o en un Área de Protección Histórica; la parcela está en un área especial del Anexo II del Código (U, AE o EE); el anteproyecto propone algo que el Código no resuelve de manera directa; o querés emplazar una actividad, un cartel, un toldo o una antena en un inmueble protegido o en un área especial. Probá el selector de la portada.
¿Son ocho trámites distintos?
Sí, repartidos en tres gerencias: Morfología Urbana, Patrimonio y Usos del Suelo. Cuál corresponde no siempre es evidente, y presentar en el equivocado obliga a empezar de nuevo. Los ocho, uno por uno.
Quiero comprar un inmueble, ¿cómo sé qué se puede construir?
Con el Informe urbanístico, que informa los usos, el tejido y las cargas públicas de la parcela. Desde la Ley 6776 no es un certificado ni es vinculante, pero es la consulta de base. Si el inmueble está catalogado o en un APH, conviene además la prefactibilidad de Patrimonio, que da la volumetría posible.
El trámite
¿Puedo consultar sin tener el proyecto hecho?
En los trámites de factibilidad, no: hay que presentar el anteproyecto dibujado, con la axonometría de los linderos y los renders. Si todavía no llegaste a esa instancia, el camino es el Informe urbanístico o, en un inmueble protegido, la prefactibilidad de Patrimonio, que no requiere anteproyecto. ¿Qué se presenta?
¿Qué clave miBA necesito?
Depende del trámite. La interpretación urbanística se inicia con nivel 1; el Informe urbanístico, la línea de frente interno, las antenas, las solicitudes especiales y la consulta de usos piden nivel 3, que se valida en forma presencial o por videollamada.
¿El trámite tiene costo?
Algunos tienen arancel según la Ley Tarifaria: el Informe urbanístico y las antenas, y la prefactibilidad puede tenerlo. Aparte se pagan el Informe de dominio y el visado del Consejo, con comprobante.
¿Quién puede pedirlo?
El propietario de la parcela, una persona autorizada o el profesional actuante autorizado. En la interpretación urbanística también pueden participar el inquilino o el concesionario. La prefactibilidad de Patrimonio la puede pedir cualquier propietario, sin profesional.
¿Cuánto tarda?
La Ciudad no publica cuánto tarda en resolver. Lo que fija la norma son los plazos del que presenta: 7 días corridos para completar la documentación y 45 días corridos para contestar las observaciones técnicas, con dos subsanaciones como máximo. Por eso no prometemos una fecha: lo que depende de nosotros es presentar completo y contestar a tiempo.
Tengo la disposición de hace tiempo, ¿sigue sirviendo?
Hay que mirar la propia disposición, que fija su vigencia. Las de factibilidad dictadas en 2026 rigen por 180 días hábiles administrativos desde la notificación; las de usos valen mientras no cambie la norma de usos. Si venció, hay que volver a tramitarla antes de iniciar el expediente de obra.
Patrimonio
Mi edificio está en un APH pero no está catalogado, ¿cambia algo?
Sí. En un Área de Protección Histórica se protege el conjunto, así que las condiciones alcanzan a tu obra aunque el edificio no esté catalogado. Y va por la gerencia de Patrimonio, no por la general. Obras en APH y catalogados.
¿Puedo demoler un edificio catalogado?
Depende del nivel de protección. El Código prohíbe la demolición total o parcial de un catalogado si no se ajusta a los grados de intervención, y una catalogación preventiva obliga a denegar la demolición total. Ese análisis va antes del permiso de demolición.
Mi terreno linda con un edificio catalogado, ¿me afecta?
Sí. Junto a un catalogado, el volumen, la fachada y las medianeras de tu obra necesitan autorización; y junto a uno con protección integral o estructural hay un retiro lateral mínimo de 3 m desde la altura de su fachada.
Precio y alcance
¿Cuánto cuesta el servicio profesional?
Nuestros honorarios arrancan en $580.000. El valor final depende del trámite que corresponda, del grado de protección del inmueble y de la complejidad del caso. El Informe de dominio y el visado del Consejo se pagan aparte y se rinden con comprobante.
¿Y si la respuesta es que no se puede?
Pasa, y es mejor que pase antes del proyecto ejecutivo que después. Cuando ocurre, planteamos qué alternativa sí es viable: un «no se puede» sin propuesta al lado no es un servicio.
¿Quién firma la presentación?
Un Arquitecto matriculado en el CPAU, con la encomienda de la tarea. El mismo profesional que releva la parcela es el que firma y el que contesta las observaciones.
¿Trabajan fuera de la Ciudad?
La DGIUR es un organismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así que trabajamos sobre inmuebles de la Ciudad, en cualquier barrio.
¿Tu pregunta no estaba?
Escribinos por WhatsApp con la dirección y lo que querés hacer, y te la contestamos.