
Los ocho trámites de la DGIUR, y cuál es el tuyo
La mayoría de la gente descubre la Dirección General de Interpretación Urbanística tarde: cuando ya encargó el proyecto, ya presupuestó la obra y la DGROC le dice que antes tiene que pasar por otra ventanilla. No es un trámite más en la cadena: es el que define si el proyecto que tenés en la mano se puede construir. Y conviene resolverlo primero, no último.


¿Cómo está organizada la DGIUR?
La Dirección General de Interpretación Urbanística depende de la Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Urbano y funciona con tres gerencias operativas, cada una con un recorte propio:
GOMU — Morfología Urbana. Qué se puede construir: volumen, alturas, líneas, relación con los linderos.
GOPAU — Patrimonio Arquitectónico y Urbano. Todo lo que toca inmuebles catalogados o Áreas de Protección Histórica.
GOUS — Usos del Suelo. Qué actividad y qué elementos se pueden emplazar: antenas, publicidad, marquesinas, toldos.
Saber a cuál corresponde tu caso es el primer filtro, y ya descarta la mitad de los trámites.
GOMU: los cuatro de morfología urbana
Es la gerencia por la que pasa la mayoría de los proyectos de obra.
Informe Urbanístico. Es la consulta de base: qué admite la parcela según el Código Urbanístico. Es lo primero que conviene pedir cuando se está evaluando comprar un inmueble o cuando todavía no hay proyecto.
Fijación de Línea de Frente Interno. Define hasta dónde se puede construir hacia el interior de la manzana. Es un dato que condiciona el proyecto entero y que no siempre surge de manera directa del Código.
Consulta Obligatoria General. Aplica a los anteproyectos en las áreas especiales individualizadas del Anexo II del Código Urbanístico —los casos EE, AE y U—. No es optativa: de acá sale la Disposición de Factibilidad, que es requisito para iniciar el trámite de Registro de Obra.
Interpretación Urbanística. Es para los anteproyectos que el Código no resuelve de manera directa: redistribución de superficies, perforaciones tangentes y casos especiales de completamiento urbano, en los términos del artículo 10.4 del Código Urbanístico. También entran acá los inmuebles en áreas de sustentabilidad y corredores, y los anteproyectos que requieren intervención del COPUAM —fachadas, compensación de línea de frente, regulación de subsuelos—.
GOPAU: los dos de patrimonio
Si el inmueble está catalogado o está en un Área de Protección Histórica, el camino es este y no el anterior.
Consulta Obligatoria para Inmuebles en APH o Catalogados. Es el trámite específico para estos casos. Lo desarrollamos en su propia página, porque es el que más condiciona el proyecto y el que más consultas nos genera.
Solicitudes Especiales para Inmuebles en APH o Catalogados. Cubre los pedidos que exceden la consulta ordinaria sobre esos mismos inmuebles.
La distinción importa: un proyecto en un inmueble catalogado que se presenta como Consulta Obligatoria General va a la gerencia equivocada.
GOUS: los dos de usos del suelo
Estos dos no tienen que ver con construir sino con emplazar.
Consulta de emplazamiento de estructuras soporte de antenas. Para instalar antenas y sus estructuras de soporte.
Consulta de usos y visado de anuncio publicitario, marquesina y/o toldos. Cubre anuncios frontales y salientes, marquesinas y toldos.
Es el grupo que menos se asocia con la DGIUR y por eso el que más veces se descubre tarde: un comercio que quiere poner un cartel o un toldo suele enterarse cuando ya lo instaló.
¿Cómo saber cuál te corresponde?
Tres preguntas resuelven casi todos los casos:
¿El inmueble está catalogado o en APH? Si la respuesta es sí, es GOPAU, y eso manda por encima de todo lo demás.
¿Lo que querés hacer es construir o modificar el volumen? Entonces es GOMU, y ahí hay que ver si la parcela está en un área especial del Anexo II (Consulta Obligatoria General), si el caso requiere interpretación del artículo 10.4 (Interpretación Urbanística), o si todavía estás averiguando qué admite la parcela (Informe Urbanístico).
¿Lo que querés es poner algo —antena, cartel, toldo, marquesina—? Es GOUS.
Cuando el caso cruza dos gerencias —por ejemplo, un cartel en un inmueble catalogado— el criterio de patrimonio suele ordenar el resto, pero conviene consultarlo antes de caratular en vez de asumirlo.
Lo que tienen en común
Más allá de las diferencias, los trámites de la DGIUR comparten tres rasgos que conviene tener presentes:
Se presentan por TAD con clave miBA nivel 1, no nivel 3 como los expedientes de obra.
Son gratuitos conforme a la Ley Tarifaria vigente.
Y todos exigen documentación dibujada: memoria descriptiva, axonometría con los linderos consolidados, anteproyecto en escala 1:100 en formato .dwf y renders de frente y contrafrente con el entorno. No se consulta en abstracto.
Nuestros servicios profesionales ante la DGIUR
Lo primero que hacemos, y no lo cobramos, es identificar cuál de los ocho trámites corresponde. Suena menor y no lo es: es la diferencia entre un expediente que avanza y uno que vuelve a foja cero después de semanas.
Después producimos la documentación completa. Acá está el grueso del trabajo, porque la DGIUR no recibe consultas por escrito: recibe anteproyectos. Preparamos la memoria descriptiva argumentando el caso, la axonometría con los linderos destacando los consolidados, el plano de anteproyecto en escala 1:100 en .dwf y los renders de frente y contrafrente con el entorno. Cuando corresponde, sumamos el relevamiento fotográfico de la cuadra y el plano de agrimensura de medianeras.
Presentamos por TAD con la encomienda visada por el consejo, y seguimos el expediente. Esto último pesa más en la DGIUR que en otros organismos: los criterios urbanísticos admiten fundamentación, y una presentación bien argumentada no es lo mismo que un formulario completo.
Y si el resultado es que el proyecto tal como está no procede, te lo decimos con la alternativa al lado. Un «no se puede» sin propuesta no es un servicio.
Honorarios desde $580.000. El valor final depende del trámite que corresponda y de la complejidad del caso.
¿Dónde estamos?
Nuestras oficinas están en Thorne 423, piso 3 H, Caballito, a pocas cuadras de Primera Junta. Los trámites se presentan por TAD con clave miBA nivel 1, y el organismo que interviene —la DGIUR— está en Av. Martín García 346, a media cuadra de la DGROC. Para el trámite en sí no hace falta que vengas. Lo presencial es el relevamiento del inmueble, de la cuadra y de las medianeras, que es de donde salen el relevamiento fotográfico y la axonometría con los linderos. Atendemos en toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Dirección: Thorne 423 piso 3 H, C1406, Caballito, Ciudad Aut. de Buenos Aires
Horario: Lunes a Viernes de 9:00hs a 17:30hs
WhatsApp: 11 2281-2143
¿Quiénes Somos?
ESTUDIO TREO S.R.L., más de 20 años de experiencia en CABA (GCBA)
© All rights reserved.
Conozca todos los Servicios Profesionales que ofrecemos, visitando www.estudio-treo.com.ar
